Frutales, olivar y apicultura tendrán reducciones en el IRPF

jueves, 24 de abril de 2014
             

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden por la que se reducen, para el período impositivo 2013, los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

Así, se establecen reducciones específicas de los índices de rendimiento neto en los ámbitos territoriales y producciones agrarias afectadas por incidencias climatológicas excepcionales durante 2013.

Destaca la Junta de Extremadura que en el ámbito regional, con una gran "importancia relativa" está la reducción para toda la Comunidad Autónoma en el sector de la Apicultura, y en frutas (albaricoque, ciruela y pera), unas producciones que "se vieron gravemente afectadas por las cuantiosas precipitaciones de la primavera del año 2013".

                               

La orden también recoge una reducción en los productos del olivo para numerosos pueblos de la provincia de Badajoz, y que en gran medida se vieron afectados por el desbordamiento del río Guadiana. También se ha reducido el módulo para cereales y espárragos en distintos municipios de Badajoz y Cáceres.

Menos reducciones en ganadería

A nivel nacional, las reducciones establecidas para la declaración de la Renta 2013 de los agricultores y ganaderos han sido en los sectores de flores y plantas ornamentales, y bovino de leche, destaca el Ejecutivo regional.

Destaca que la reducción de los módulos se ha conseguido en gran medida debido al informe elevado desde la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, fruto de la colaboración con Cooperativas Agroalimentarias de Extremadura, algunas Organizaciones Profesionales Agrarias, y distintas Organizaciones de Productores Agrarios.

Anualmente el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente solicita de las Comunidades Autónomas información con objeto de recoger las circunstancias excepcionales en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas acaecidos en el año que ha finalizado, y que pudieran dar lugar a hacer uso de la autorización contenida en el mencionado Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Las reducciones de módulos aprobadas en la orden se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF

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